18.12.08

ΔΥΟ ΒΙΟΛΟΓΙΚΕΣ ΜΗΤΕΡΕΣ ΓΙΑ ΤΟ ΙΔΙΟ ΜΩΡΟ. ΘΕΤΙΚΑ ΒΛΕΠΕΙ Η ΙΣΠΑΝΙΑ ΤΗ ΔΙΠΛΗ ΜΗΤΡΟΤΗΤΑ

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Θετικά αντιμετωπίζει το Υπουργείο Υγείας της Ισπανίας το αίτημα του ζευγαριού Toni Meléndez και María Ángeles Zucilla να φέρουν στον κόσμο με ιατρικά υποβοηθούμενη αναπαραγωγή ένα μωρό καρπό του εξωσωματικά γονιμοποιημένου με σπέρμα ανώνυμου δότη ωαρίου της μιας κυοφορημένο από την άλλη στα πλαίσια της προσαρμογής του ισχύοντος νομικού πλαισίου για την ισότητα ομόφυλων και ετερόφυλων ζευγαριών στα νεώτερα επιτεύγματα της επιστήμης.
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Dos madres biológicas para un mismo niño
El Ministerio de Sanidad no ve impedimento legal en que una pareja de mujeres homosexuales que lo solicitó tenga un bebé fruto del óvulo fecundado de una de ellas y gestado por la otra.
JUAN J. GÓMEZ - Madrid - elpublico.es, 14/12/2008
Lo común es que las demandas de la sociedad precedan a los avances científicos, pero a veces es la ciencia la que tiene que esperar. Una pareja de lesbianas que lo había solicitado de forma oficial podrá tener en España un bebé del que ambas serán madres biológicas, una como gestante y la otra aportando sus genes. Para ello, sólo será necesario fertilizar un óvulo de una de las mamás con esperma de un donante anónimo e implantar el embrión resultante en el útero de la otra mamá. A muchos quizá les parecerá otro milagro científico, pero es nada menos que un avance social.
La pareja manifestó en una solicitud oficial su deseo de tener un hijo del que ambas fueran madres biológicas y advirtió sobre un vacío legal en la Ley de Reproducción Humana Asistida, de 2006, que discrimina los derechos de las parejas de mujeres homosexuales respecto a las parejas heterosexuales y les impedía cumplir con su sueño.
La petición de la pareja fue discutida el pasado 4 de diciembre por la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida órgano consultivo dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo,que dio la razón a las dos futuras madres, al dictaminar que no existe ningún impedimento legal para que las técnicas de reproducción asistida puedan ser utilizadas por parejas homosexuales de mujeres.
La ley establece que la donación de gametos (espermatozoides u óvulos) para realizar una fecundación in vitro debe ser anónima; y fija al respecto como única excepción que se utilice semen del marido de la mujer en cuyo útero se implanta el óvulo fecundado. Es decir, no recoge la posibilidad de que una lesbiana pueda donar un óvulo a su pareja.
A juicio de la Comisión, dado que esta ley autoriza la donación de gametos del marido a la mujer, de igual manera debe autorizarse entre personas del mismo sexo unidas por vínculo matrimonial o relación de afectividad análoga a la conyugal. La resolución del Consejo beneficiará no sólo a las dos mujeres, sino también a cualquier otra pareja de lesbianas que desee lo mismo, dado que la argumentación jurídica proporcionada por los expertos no deja margen a interpretaciones.
La Comisión de Sanidad está formada por magistrados, fiscales, psicólogos, abogados, médicos, expertos en bioética y presidentes de sociedades científicas. Funciona como órgano consultivo sobre la legalidad de determinadas actuaciones y emite informes preceptivos sobre prácticas especiales, como las técnicas de diagnóstico preimplantacional.
La conclusión se alcanzó de forma mayoritaria, tras un largo e intenso debate en el que participó la práctica totalidad de los 27 miembros presentes y que se resolvió sin necesidad de votación. La resolución, no vinculante, será enviada próximamente a las consejerías de sanidad de todas las comunidades autónomas, para que la tengan en cuenta en caso de recibir una solicitud de este tipo de intervención.
La participación de un padre biológico sigue siendo necesaria en este caso, tanto como imprescindible tendrá que ser su anonimato. Una de las condiciones que establece la legislación para que una fecundación in vitro pueda aprobarse es que el donante de los gametos masculinos, cuando no es el marido de la madre, proceda de un banco de semen.
El padre biológico
Esto significa que ninguna pareja de mujeres podrá elegir a quién quiere como padre biológico de su hijo. La ley también prohíbe, a cualquier tipo de pareja, decidir las características físicas del bebé (como el color del pelo o de los ojos).
En cuanto al futuro, la ciencia vuelve a estar por delante de la sociedad. Sobre el papel, las mujeres podrán algún día reproducirse sin necesidad de contar con la participación de un hombre ni incluso tampoco de otra mujer. Los científicos han logrado ya desarrollar célu-las germinales, capaces de convertirse en espermatozoides, a partir de células extraídas del cabello y de la piel.
Siguiendo este método, el trabajo de laboratorio ha logrado alcanzar la autofecundación en ratones. Pero la técnica aún presenta muchos riesgos, asociada al desarrollo de tumores, por lo que aún tardará mucho en aplicarse en humanos. De todos modos, con la legislación actual ninguna de estas alternativas de reproducción sería posible, así que de momento no han entrado en el debate bioético.
La solución de Sanidad se enmarca en la línea de avance científico impulsada por el Gobierno socialista, que ha permitido, por ejemplo, contar con una de las leyes de investigación biomédica más avanzadas de Europa. En la resolución del consejo de expertos influyeron de forma determinante dos leyes aprobadas en la anterior legislatura: la legislación sobre matrimonios homosexuales (recogida en la reforma en 2005 del Código Civil), que equipara esta unión con la de los matrimonios entre heterosexuales, y la propia Ley de Reproducción Humana Asistida.
La fecundación in vitro condenada el viernes una vez más de forma expresa por el Vaticano es una solución muy extendida entre parejas heterosexuales. En España la utilizan cerca de medio millón de parejas al año. La primera persona nacida por esta técnica, la británica Louise Brown, cumplió el pasado julio 30 años.
La práctica más habitual es fecundar en laboratorio un óvulo de la madre con semen del propio marido y reimplantar posteriormente el embrión en el útero de la madre para que se desarrolle la gestación.
En algunas ocasiones, cuando la pareja es incapaz de procrear, se recurre a gametos de donantes anónimos sobre todo, espermatozoides, aunque a veces, por ejemplo cuando a la mujer se le ha extirpado un ovario, también óvulos, para alcanzar la fecundación.

3 σχόλια:

erva_cidreira είπε...

Igualdad apoya la maternidad biológica entre lesbianas
El PSOE también aplaude el dictamen de la Comisión de Reproducción Asistida

PATRICIA RAFAEL - MADRID - 15/12/2008 elpublico.es


Una decisión "positiva". Así valoraron ayer desde el Ministerio de Igualdad el dictamen de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, adelantado el domingo por Público, en el que se daba el visto bueno a que una pareja de lesbianas tenga un bebé fruto del óvulo fecundado de una de ellas y gestado en la otra gracias a las técnicas de reproducción asistida. Fuentes del departamento que dirige Bibiana Aído no quisieron sin embargo entrar en más detalles hasta conocer a fondo la resolución.

Impedimentos

La portavoz socialista de Igualdad en el Congreso, Carmen Montón, sí fue más allá y señaló que la decisión tomada por el órgano consultivo del Ministerio de Sanidad abría un camino contra la discriminación. "Lo importante es que de aquí al futuro estará regularizado sin que nadie pueda ser discriminado por razón de sexo", añadió.

La Ley de Reproducción Humana Asistida, aprobada en 2006, recoge que la donación de espermatozoides u óvulos para la reproducción asistida debe ser anónima. Pero existe una única excepción: que se use semen del marido de la mujer en cuyo útero se implantará el óvulo fecundado. A pesar de que la entrada en vigor de esta normativa fue posterior a la modificación del Código Civil que permitía los matrimonios entre homosexuales (elaborada en 2005), la normativa sobre reproducción asistida no tuvo en cuenta este derecho.

Desde el PSOE aseguraron que les han llegado casos en los que a dos mujeres lesbianas casadas se les impidió donar óvulos para que fueran fecundados y después implantados en el útero de su pareja. La razón: esta donación tiene que ser anónima. Algo que no ocurre si el caso es entre parejas homosexuales.

"Con el dictamen del Consejo no puede existir discriminación, y no creo que sea necesario una modificación de la ley, sino que bastaría establecer un reglamento para impedir que las Comunidades Autónomas puedan negarse a rechazar estas peticiones", detalló Montón. El Gobierno sí prevé una próxima reforma para que, precisamente, no quede ninguna interpretación en sentido contrario al dictamen emitido el pasado 4 de diciembre por la comisión.

Para la Federación de Lesbianas, Gays, Transexuales, y Bisexuales (FELGTB), la resolución "es un paso muy importante para conseguir algo que ya es una realidad", afirmó su presidente Antonio Poveda. "Lo que era absurdo es que desde la modificación del Código Civil se siguieran produciendo obstáculos a otros modelos de familia", añadió.

erva_cidreira είπε...

15/12/2008] La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, FELGTB, muestra su satisfacción ante el avance de los derechos de las familias LGTB con el reconocimiento del derecho a la donación de óvulos dentro del matrimonio entre dos mujeres. Desde hace años la Federación ha presentado ante el Gobierno y los partidos políticos la necesidad de que se reconozca que una mujer puede donar un óvulo a su pareja si así lo deciden, siendo una la madre genética del feto y la otra la madre gestante.

Tras la resolución de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida no existe impedimento legal para que en cualquier matrimonio de mujeres pueda realizarse dicha donación, por lo que ninguna clínica reproductiva del Estado podrá negarse a llevarla a cabo.

Esta celebración, sin embargo, no implica que no queden asuntos pendientes en el reconocimiento de los derechos de las familias LGTB. Entre otros asuntos, es necesario aún que la Sanidad Pública deje de discriminar a las mujeres solteras y a las parejas de lesbianas a la hora de inseminarse, ya que la inseminación está cubierta para las parejas heterosexuales infértiles pero no siempre, sino según la interpretación de cada profesional, para las parejas compuestas de dos mujeres.

Asimismo las familias homoparentales están a merced de la arbitrariedad de los registros civiles a la hora de inscribir a los bebés nacidos en el seno de un matrimonio de dos mujeres: según el registro pueden solicitar una documentación u otra, algunos hacen ir a las mujeres antes del nacimiento y en otros no es necesario, y otros aún no saben cómo actuar cuando se les presenta un caso de este tipo. La semana pasada la FELGTB se reunió con la Directora General de Registros y Notariado, Pilar Blanco-Morales, para pedir soluciones, quien animó a las personas que puedan encontrarse ante cualquier situación discriminatoria en los registros a que interpongan recursos.

Además las parejas de mujeres que no están casadas están vetadas a registrar a sus bebés como hijos o hijas de ambas, lo que no ocurre cuando existe una madre y un padre solteros. Es necesario que los derechos de familia de las parejas de hecho no se hagan extensibles a las parejas no heterosexuales.

“Hoy es un día de especial alegría para la comunidad LGTB y especialmente para las lesbianas”, ha declarado Carmen G. Hernández, coordinadora del Área de Políticas Lésbicas. “Es necesario que ante cualquier vulneración de nuestros derechos, en las clínicas reproductivas, en los registros civiles, o donde sea, alcemos la voz, reclamemos o denunciemos”, ha matizado.

Por su parte, Antonio Poveda, presidente de la FELGTB, ha destacado que “desde la Federación seguiremos trabajando por el reconocimiento de los derechos de las familias diversas y conquistas como la que hoy celebramos nos dan fuerzas para continuar”.

Ανώνυμος είπε...

Καλημέρα!
Εάν δεν σου είναι κόπος, μήπως θα μπορούσες να γράψεις λίγες παραπάνω λεπτομέρειες αυτού του άρθρου γιατί δεν γνωρίζουμε ισπανικά για να το διαβάσουμε!
Ευχαριστώ